Firman decreto de vacaciones dignas: quiénes y cuándo podrán tomarlas

Ya son oficiales: las vacaciones dignas 2023 son una realidad luego de que por fin fue firmado el decreto con el que quedarán establecidas en la Ley Federal del Trabajo. En conferencia de prensa, el presidente Andrés Manuel López…

Ya son oficiales: las vacaciones dignas 2023 son una realidad luego de que por fin fue firmado el decreto con el que quedarán establecidas en la Ley Federal del Trabajo.

En conferencia de prensa, el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que ya firmó el decreto de la reforma, por lo que en breve será publicada en el Diario Oficial de la Federación.

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Con esto, se establece que a partir del 1 de enero de 2023 todos los trabajadores del sector privado tendrán derecho a descansar 12 días continuos desde su primer año laboral.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo todos los colaboradores tendrán derecho a las vacacciones según los años que tenga laborando en la empresa.

Por ejemplo, si una persona cumple cinco años en su empleo en 2023, ya tendrá derecho a tomar 20 días laborables de vacaciones.

Antes de la reforma, para que un trabajador pudiera disfrutar de este número de día, tendría que haber cumplido con casi 20 años de servicio en una misma empresa.

De acuerdo con la reforma, los trabajadores que cumplan un año de servicio tendrán derecho a 12 días de vacaciones. De ahí se va incrementando dos días por cada año de servicio hasta llegar al quinto año.

A partir del sexto año, el periodo vacacional se incrementará dos días por cada cinco años de trabajo, por lo que al tener de 6 a 10 años de servicio se tendrá derecho a 22 días. De 11 a 15 años, 24 días de vacaciones, y así hasta llegar a 32 días de vacaciones en el caso de las personas que tengan de 31 a 35 años de antigüedad.

Vacaciones Dignas 2023: ¿Cuándo las puedo tomar?

Aunque en la nueva ley se estableció que los trabajadores podrán tomar hasta 12 días continuos, la Secretaría del Trabajo aseguró que los periodos vacacionales se deberán fijar en común acuerdo con el patrón.

Esto dependerá de las política, el calendario, contrato de trabajo y/o reglamento de la empresa para la cual labora.

Sin embargo, es requisito indispensable que se pacten tus días de vacaciones con tu patrón y que se concedan dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio

Ojo, este nuevo derecho e incremento en los días de descanso no está ligado al tipo de jornada laboral, por lo que si trabajas medio turno deberás tener el mismo derecho que quieres trabajan la jornada completa.

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