La Ciudad de México tiene un nuevo pueblo originario. El pasado 2 de octubre, en la Gaceta Oficial fue anunciado que una pequeña localidad capitalina fue incorporada en el Sistema de Registro y Documentación de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes.
Se trata de Santa Úrsula Xitla, una colonia que se encuentra ubicada en la alcaldía Tlalpan. Ahora suman 56 pueblos originarios, distribuidos en 11 de las 16 demarcaciones de la CDMX. En Chilango te contamos sobre ella y sus características.
Así es Santa Úrsula Xitla, un pueblo tepaneca en CDMX
Santa Úrsula Xitla, el nuevo pueblo originario de la CDMX, es un pueblo de origen tepaneca o chichimeca que se asentó en el Valle de México entre los siglos XI y XII. Tochico, como antes se le llamaba, deriva de las palabras náhuatl que podrían traducirse como “gargantilla o collar fino o valioso” o, en una segunda traducción, “lugar de conejos”, de la palabra “tochihuitl”.
De acuerdo con un artículo del Gobierno de la Ciudad de México, en 1544 la zona fue evangelizada por los franciscanos y la bautizaron con el nombre de Santa Úrsula. A fines del siglo XVIII se reconoció como un pueblo por derecho propio y en 1791, el nombre se cambió para reflejar su proximidad al volcán Xitla.
Uno de sus atractivos es el templo de Santa Úrsula Xitla y San José data del siglo XVI. Después de la caída de Tenochtitlán, los indígenas construyeron las imágenes de la Virgen Santa Úrsula Mártir y el Santo Cristo de Xitla, hechas en madera con pasta de caña.
¿Qué es un pueblo originario en la Ciudad de México?
Los pueblos originarios son aquellos que descienden de poblaciones asentadas en el territorio actual de la Ciudad de México desde antes de la colonización y del establecimiento de las fronteras actuales, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes.
Sus características son que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, sistemas normativos propios, tradición histórica, territorialidad y cosmovisión, o parte de ellas; cuentan con autoridades tradicionales históricamente electas de acuerdo con sistemas normativos propios; y tienen conciencia de su identidad colectiva como pueblo originario.
Entre sus derechos y obligaciones, un pueblo originario tiene un trato diferenciado en temas de participación ciudadana, interlocución con sus autoridades tradicionales, formas de organización y toma de decisiones comunitarias.
Por ejemplo, quienes habitan en los pueblos originarios no participan en la Consulta de Presupuesto Participativo, pues tienen sus propios métodos de elección de proyectos a implementar con presupuesto de las alcaldías en que se asientan.