Se cumplen 11 años desde que existe el aborto legal en la CDMX: el 27 de abril de 2007 la interrupción del embarazo se despenalizó. Desde esa fecha, el aborto es un derecho a libre demanda de las mujeres
La objeción de conciencia es un tema que aún divide opiniones y confunde: ¿qué significa?, ¿a qué tiene derecho un doctor que no quiere realizar un aborto?, ¿cuáles son sus obligaciones?, ¿por qué y cómo debe respetar el derecho de las mujeres a abortar?
Platicamos con Cándido Pérez, del Centro de Estudios y Formación Integral para la Mujer (CEFIM), y Daniela Tejas, del Fondo MARIA (Mujeres, Aborto, Reproducción, Información y Acompañamiento), para que nos resolvieran estas y otras dudas sobre el aborto en la ciudad y su panorama actual.
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Aborto legal en la CDMX: ¿cómo funciona la objeción de conciencia?
«Hay mucha confusión respecto a la objeción de conciencia y la última reforma al respecto: se puede pensar que el cambio en la ley es a nivel institucional, pero todo es a título personal. Las instituciones no pueden aplicar la objeción de conciencia de manera grupal –explica Daniela Tejas–. Lo más importante es que la objeción no justifica la negligencia, ni la mala atención. Además, tiene que ser usada como una excepción, no como la regla».
Sí: los doctores y el resto del personal médico tienen derecho a ser objetores. No obstante, esto no significa que pueden negar el acceso a un aborto seguro, sin dolor y sin obstáculos a las mujeres que deseen acceder a este servicio en la CDMX.
«Su trabajo es proporcionarle salud a las personas, no son jueces –agrega Daniela–. Sí nos parece que hay lagunas y que el Estado es responsable de esto. Por ejemplo: no hay garantía de (que un hospital cuente con) personal no objetor».
Hay más fallas. Organizaciones y organismos como ONU Mujeres, UNFPA y ONU-DH aseguran que la reforma sobre objeción de conciencia presenta un error grave: una mujer puede solicitar un aborto en un hospital donde todo el personal médico se ha declarado objetor. Le ley no incluye las garantías para que los servicios médicos nunca sean negados y asegurar que las mujeres que necesitan el servicio sean atendidas por un médico que sí pueda suministrarlo.
Eso sí, la objeción tiene dos restricciones: cuando está en riesgo la vida del paciente y cuando se trata de una urgencia médica. En estos casos el personal médico no podrá apelar a la objeción de conciencia.
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11 años de aborto legal en la CDMX: ¿cómo está el panorama?
Desde que existe el aborto legal en la CDMX (2007) hasta el 18 de abril de 2018 se realizaron 194 mil 153 procedimientos a mujeres con menos de 12 semanas de gestación, según las cifras de la Secretaría de Salud. Aunque hay que tener en mente que esta cifra no considera los abortos realizados en clínicas privadas.
De acuerdo al Fondo MARIA (Mujeres, Aborto, Reproducción, Información y Acompañamiento), la aceptación del aborto como un derecho y un procedimiento médico legal en la CDMX ha crecido en este tiempo. El problema es que «no ha existido una sensibilización sobre la importancia de hacer un acompañamiento adaptado a las necesidades de las mujeres: todavía hay un alto nivel de estigma por parte del personal médico. Además, hay una falta de presupuesto y de promoción a este servicio.
«Todavía hay una serie de problemáticas que no han podido resolverse –asegura Cándido Pérez–. En un informe del CEFIM nosotros planteamos que el aborto es una política de un estado claudicante en el sentido de que la CDMX parece haberse conformado solo con la interrupción legal del embarazo, sin tratar de resolver la problemática de fondo. Hicimos una revisión de qué otras políticas paralelas al aborto se han generado, no encontramos ninguna».