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Conoce cómo y cuándo debes recibir el reparto de utilidades

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¿Aún no te llega el reparto de utilidades? No te asustes, la ley te ampara. Conoce todo lo que debes saber sobre este derecho laboral

Está por concluir el plazo para que las empresas realicen el reparto de utilidades a sus trabajadores. La fecha límite es el 30 de mayo y, quienes trabajan para una persona física, tendrán que recibir el pago antes del 29 de junio.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, todo trabajador tiene derecho a participar de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Quienes incumplan serán sancionados con una multa de hasta 403 mil pesos. De acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, las empresas que hayan declarado ingresos mayores a los 300 mil pesos tienen la obligación de otorgar este pago.

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No están obligadas aquellas con ingresos menores a los 300 mil pesos, tampoco las empresas que se hayan formado recientemente y las que se dediquen a la elaboración de productos novedosos, aunque solo será durante sus dos primeros años.

•Pero recuerda que no todos tienen derecho a esta prestación. Ni los directores, administradores ni los gerentes generales de la empresa reciben un peso por esta prestación. Tampoco quienes presten sus servicios mediante pago de honorarios, pues no existe una relación de subordinación. Los trabajadores domésticos tampoco la perciben.

Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a cada trabajador le corresponde 10 por ciento de la utilidades netas del patrón, de acuerdo con su declaración anual. La cantidad que le corresponde a cada empleado será proporcional al salario que percibe y al tiempo que tenga laborando.

En caso de que tus cuentas no cuadren o que tu reparto de utilidades no se haya realizado antes de la fecha límite, la Profedet pone a tu disposición los siguientes números:  01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, así como el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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