Si fuiste de los que metió facturas electrónicas falsas para reducir el pago al SAT, te tenemos malas noticias, pues el fisco irá tras estos contribuyentes.
Hacienda tiene identificados a los EDOS, que son Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, quienes al comprar facturas o comprobantes fiscales, pretenden simular un aumento en sus gasto y así pagar menos impuestos.
Si esta operación te suena familiar, es posible que el SAT te haya enviado un mensaje privado, invitándote a corregir esta situación.
“Para los que compraron por error una factura electrónica, que haya amparado una operación simulada, los está exhortando a acercarse a las oficinas del SAT para pedir ayuda”, explicó el fiscalista Javier Zepeda, en entrevista con El Universal.
¿Compraste facturas electrónicas falsas?
También dijo que quienes hayan recibido estos requerimientos y no se hayan acercado al SAT, deberán de “sufrir las consecuencias”.
Recientemente se publicó una modificación al Código Fiscal que señala que sanciones de tres a seis años de cárcel para quienes utilicen estos comprobantes fiscales falsos, a fin de evadir el pago de impuestos.
De acuerdo con Zepeda, el SAT tiene identificados a más de 8 mil contribuyentes que utilizaron esta práctica para pagar menos impuestos.
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Recuerda que para que sea válida debes pagar con tarjeta, cheque o transferencia y #PideFactura pic.twitter.com/tgNM0vJ4FR
— SATMX (@SATMX) 19 de julio de 2019
Impuestos a choferes de apps
Hace unas semanas se dio a conocer que el SAT podrá retener impuestos a choferes de aplicaciones de transporte como Uber, Didi, Cabify y aplicaciones similares.
En la Resolución Miscelánea Fiscal 2019, citada por Milenio, se explica que “las personas morales residentes en México o en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país, así como las entidades o figuras jurídicas extranjeras que proporcionen el uso de plataformas tecnológicas a personas físicas para prestar de forma independiente el servicio de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados, podrán efectuar la retención por concepto del ISR e IVA por los ingresos obtenidos en efectivo, en crédito, mediante cualquier otro medio electrónico o de cualquier otro tipo derivados de la prestación del servicio terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados que obtengan las personas físicas que utilicen dicha plataforma para prestar sus servicios de forma independiente”.
En cristiano, eso significa que las empresas podrá hacer retenciones de impuestos sobre la renta e IVA de los ingresos de los choferes.