deudas bancarias

Foto: Crisanta Espinosa / Cuartoscuro.

19 de abril 2021
Por: Mariana F. Maldonado

¿Te pueden meter a la cárcel o embargar por deudas en tarjetas?

Dos de cada 10 personas han dejado de pagar sus deudas en tarjetas de crédito, lo que ha incrementado las llamadas de cobranza; estos son tus derechos.

La crisis económica derivada de la pandemia ocasionó que las deudas bancarias estén en niveles sin precedente.

Dos de cada 10 personas han dejado de pagar sus deudas en tarjetas de crédito, según la Encuesta de Seguimiento de los Efectos de covid-19 en el Bienestar de los Hogares Mexicanos (ENCOVID-19), de la Universidad Iberoamericana.

Además, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) establece que las deudas en tarjetas de crédito, los préstamos personales y los créditos de nómina registran 12% de morosidad, el mayor índice a enero de 2021.

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En ese contexto, las llamadas de cobranza (y las quejas contra los despachos que las realizan) se han incrementado.

Durante el año pasado se presentaron 27 mil 752 quejas contra los despachos de cobranza, de acuerdo con la Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Tres de cada 10 quejas se levantaron porque los cobradores ofendieron, intimidaron, maltrataron o le faltaron al respeto a los deudores.

Si tienes deudas bancarias que has dejado de pagar, es probable que recibas este tipo de llamadas una y otra vez, a todas horas.

Pero no te preocupes, el tío Chilango te explicará cómo exigir que respeten tus derechos (y saber si te pueden embargar o meter a la cárcel por no cubrir tus deudas bancarias).

Toma en cuenta que este NO es un llamado a no pagar, sino se trata de que conozcas tus derechos.

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Deudas en tarjetas de crédito: qué puedes hacer

Aguas con los lobos con piel de oveja

Primero debes saber que bajo ninguna circunstancia tienes que tolerar que te falten al respeto durante las llamadas de cobranza.

“Los cobradores se tienen que apegar a las regulaciones existentes. Deben ser respetuosos, identificar al despacho y especificar qué te están requiriendo”, explica Ángel González, director general de la asociación Defensa del deudor.

El especialista explica que, a partir de la pandemia, la mala cobranza volvió a convertirse en un problema.

“No cedan ante la presión. Si el cobrador nota que amenazando te logra intimidar, va a insistir. No den explicaciones al mal cobrador, no se las merece. La recomendación es que cuelguen y si llama 10 veces, cuelguen las 10 veces”, explica Ángel González, director general de la asociación Defensa del deudor.

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Pero ¡cuidado! existen cobradores que son “lobos con piel de oveja”, alerta González.

Estas personas prometen grandes descuentos durante las llamadas de cobranza, ofrecen convenios increíbles, pero solo buscan que pagues y así ganarse una comisión.

Por eso es importante que antes de aceptar un convenio para liquidar las deudas bancarias corrobores que lo que te prometen es real.

Solicita que te envíen por correo electrónico la carta convenio y verifica la información con el banco al que le debes.

En caso de que el monto y las condiciones sean reales, procede a a liquidar el adeudo. Si no es así, no pagues. Se trata de un acuerdo que no es legítimo.

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¿Cárcel o embargo?

Foto: Crisanta Espinosa / Cuartoscuro.

¿Has contestado llamadas de cobranza en las que te amenazan con llevarte a juicio y meterte a la cárcel si no liquidas tus deudas bancarias?

Probablemente sí. Estas es una de las amenazas más comunes utilizadas por los cobradores, pero no te preocupes porque esto no es verdad.

“No hay cárcel para quien deba dinero. La Constitución, en su artículo 17, así lo señala. Deber dinero no se puede castigar con prisión, es una controversia entre dos particulares por un incumplimiento en un contrato de crédito. No es un delito”, explica González.

Ahora que sabes que no te pueden meter a la cárcel por deudas en tarjetas de crédito, revisemos qué aplica con el otro engaño preferido de los cobradores: los embargos.

Para que proceda un embargo, primero debe existir una demanda en tu contra y tú recibirías la notificación correspondiente, según la ley.

Después de la notificación habría un juicio y solo en caso de perderlo, se procedería a realizar el embargo.

Si alguno de estos pasos no ha sucedido, no te preocupes, aunque tengas deudas bancarias nadie puede quitarte ninguno de tus bienes.

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Ojo con el tipo de despacho

Mientras que un despacho de cobranza se dedica a hacer llamadas, uno de abogados sí tiene la capacidad de iniciar un juicio mercantil por deudas bancarias.

Por eso, debes ser cuidadoso y fijarte qué tipo de despacho te buscan.

“No se confíen. Cuando es un despacho de abogados, necesitan tomarlo con seriedad y llegar a un acuerdo lo antes posible para evitar que el asunto se vaya a juicio”, explica el especialista. 

¿Qué deudas son más probables que lleguen a un despacho de abogados? Primero hay que entender que las deudas tienen distinto nivel de riesgo. Esto depende de con quién la contrajiste o del tipo de crédito. 

Por ejemplo, un crédito de auto es más riesgoso que uno de tarjeta de crédito. Esto se debe a que hay un objeto (un auuuto) que puede pedirse a cambio del adeudo y en las deudas en  tarjetas de crédito no.

Ojo, no es que una deuda de tarjeta de crédito no pueda llegar a un juicio —porque sí puede suceder, sobre todo en deudas de más de 25 mil pesos—, pero es menos probable que pase en comparación con un crédito hipotecario.

Así que asume tus responsabilidades, pero siempre bajo un clima de respeto y cordialidad. 

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Ahí viene el coco

Foto: Pedro Mera / Cuartoscuro.

Ponerte una mala calificación crediticia o meterte al Buró de Crédito es la tercera de las amenazas más comunes que se usan en las llamadas de cobranza.

No te dejes engañar. Todas las personas que tienen o tuvieron un crédito están en el Buró de Crédito aunque hayan pagado (o no) su deuda.

Ángel Gonzáléz, de Defensa del deudor, lo explica así: “El Buró de Crédito es como una boleta de calificaciones. Si eres aplicado con los pagos vas a tener buenas calificaciones. Si te atrasas, la calificación va a bajar. Lo que se refleja ahí es tu comportamiento”.

Esto significa que si tienes deudas en tarjetas de crédito, eso ya está registrado en el Buró y el cobrador no puede hacer nada al respecto.

Recuerda que cada banco reporta a las autoridades correspondientes las deudas de sus clientes.

Si una persona no paga a tiempo, esa información quedará registrada en su historial y se borrará después del tiempo que dicte la ley, de acuerdo con las características del adeudo.

Como verás, no debes caer en el pánico, ningún cobrador puede reportarte ni tomar alguna acción similar.

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Tú sí puedes denunciar

¿Qué puedes hacer si un mal cobrador te amenaza o va a tu casa a pegar papeles o a querer despojarte de alguno de tus bienes?

Tienes el derecho de quejarte de las instituciones financieras a través del Registro de Despachos de Cobranza (REDECO), un portal electrónico de la Condusef.

Entra al portal, da clic en “Presenta tu queja”, registra tus datos. Luego podrás darle seguimiento a través del mismo portal con el folio y tu nombre.

Foto: Tomada del Facebook de Consar. https://www.facebook.com/condusefoficial/photos/5310134175728188

Ojo, eso no te libera de la responsabilidad de liquidar la deuda.

No dejes que se acumule más porque puede ocasionar más problemas. Si te esperas, tu acreedor puede vender tu cuenta o demandar judicialmente el pago y eso se traducirá en una peor nota crediticia.

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¿Qué sí puede hacer un cobrador?

Para evitar que las llamadas de cobranza sean de intimidación, la Condusef dio a conocer cómo debe actuar un cobrador:

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