Hora de hacer cuentas: no habrá prórroga en declaración anual
¡No te confíes! El SAT ya anunció que no habrá prórroga en la declaración anual 2019. ¿Ya tienes todo listo para hacer la tuya?
Por: Redacción kal
Debido a la pandemia por COVID-19 los chilangos tendremos más tiempo para realizar ciertos trámites, por ejemplo la verificación vehicular y el pago de la tenencia; sin embargo, la declaración anual 2019 es otra historia, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no tiene contemplado postergarla.
A través de redes sociales, diversos usuarios han preguntado o solicitado al SAT que postergue la declaración (incluso señalaron que han detectado fallas en el portal); sin embargo, la dependencia ya aclaró que por el momento no planea hacerlo.
Buen día, te informamos que por el momento no se tiene contemplada una prórroga para la presentación de la declaración anual 2019 para personas físicas y morales; por lo que te pedimos presentar tu declaración en tiempo a través de nuestro portal, saludos.
— SATMX (@SATMX) March 23, 2020
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Así será la declaración anual 2019
Es momento de poner manos a la obra. Las personas morales tendrán hasta el 31 de marzo para presentar su declaración.
#DA2019
— SATMX (@SATMX) March 18, 2020
Tienes hasta el 31 de marzo para presentar tu Declaración Anual de #PersonasMorales.
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En tanto las personas físicas podrán hacer su declaración durante todo abril.
Lo único que necesitas es tener a la mano tu RFC, contraseña, e-firma y datos bancarios si es que tienes saldo a favor. De acuerdo con el sitio del SAT, deberán presentar declaración personas físicas que:
- Recibieron ingresos por salarios: de un solo patrón y dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre, si además obtuvieron ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios, si trabajaron para dos o más patrones de forma simultánea, si los salarios provienen de fuente de riqueza en el extranjero o de personas no obligadas a retener, así como de ingresos por indemnización o jubilación.
- Están en el Régimen de Servicios Profesionales
- Tienen actividades empresariales
- Cobran renta por algún bien inmueble
- Reciben intereses o dividendos
- Enajenaron bienes (si vendieron algún inmueble)
- Adquisición de bienes
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