Si estás más que apuntado para hacerte de tu cantón, échale ojo a las reglas para comprar una vivienda incluyente.
Como recordarás, este programa consiste en que las desarrolladoras de proyectos inmobiliarios ofertarán viviendas a bajo costo.
Este martes 1 de noviembre se dieron a conocer los lineamientos para el control de la comercialización del programa Especial de Regeneración Urbana.
De acuerdo con el documento publicado en la Gaceta Oficial, el principal requisito para poder acceder al programa es que éstas sean adquiridas por personas físicas que no sean propietarias de alguna otra vivienda al momento de su participación en este proceso.
Para comprobar lo anterior, los interesados deberán presentar el Certificado de no Propiedad, emitido por el Registro Público de la Propiedad.
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Asimismo señala que la vivienda se podrá adquirir con crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), así como el Fondo de la Vivienda de FOVISSSTE y/o mediante un crédito hipotecario de una institución financiera, ya sea de manera directa o a través de alguno de los esquemas de cofinanciamiento.
Posteriormente, el documento señala que el proceso de comercialización de estas viviendas se llevará a cabo en las siguientes fases:
Fase I.- Difusión de la oferta a través del Portal Electrónico del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda
Incluyente.
Fase II.- Presentación entre Personas Interesadas y las Personas Promoventes.
Fase III.- Generación de expediente de las Personas Interesadas.
Fase IV.- Firma de la escritura ante Notario Público.
Fase V.- Base de Datos de Personas Beneficiarias de la Vivienda Incluyente
La oferta de las Unidades de Viviendas Incluyentes se difundirá a través del Portal Electrónico del Programa, en el que se podrán visualizar las Unidades de Vivienda disponibles, precios y ubicaciones, así como los contactos de las
Personas Promoventes.