El jueves 22 de julio se aprobó la Ley Ingrid en el Edomex, con lo que se sancionará hasta con 11 años de cárcel a quien difunda imágenes, audios o cualquier documento de personas fallecidas por hechos violentos.
Con esta ley, que fue aprobada por unanimidad, se modificará el artículo 227 Bis al Código Penal del Estado de México.
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Se castigará a quien “por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe, oferte, reproduzca, transmita o videograbe imágenes, audios, videos, documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstos presentan”, se detalló a través de un comunicado.
Aprueban Ley Ingrid en el Edomex: estas serán las sanciones
A quien cometa este delito se le impondrá una pena de tres a seis años de cárcel, la cual aumentará hasta en una mitad cuando se “trate de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud”.
Además, aumentará la pena hasta 11 años cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública o que forme parte de una institución de seguridad pública o de impartición de justicia.
La #LXLegislaturaMexiquense aprueba sancionar con penas de tres a seis años de prisión a quien por cualquier medio comparta imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal. #LeyIngrid pic.twitter.com/CKiYlFU49O
— Legislatura Edomex (@Legismex) July 22, 2021
La Ley Ingrid surgió tras el feminicidio de Ingrid Escamilla ocurrido en febrero de 2020. Tras su asesinato, se filtraron y difundieron ampliamente fotografías de su cuerpo sin vida.
Esta ley fue aprobada en la Ciudad de México el martes 23 de febrero de este año por el Congreso de la Ciudad de México.