Un aluvión de críticas en redes sociales, por parte de usuarios y organizaciones civiles, ante la posible censura que traería a internet la aprobación de la ley secundaria de telecomunicaciones, puso a México entre lo más comentado del mundo en Twitter; sin embargo, analistas estiman que a pesar del volumen de la protesta, éstas no obligan a los legisladores a modificar la ley, pues la única vía legal para lograrlo es un recurso que no depende de la sociedad.

Lee AQUÍ cuáles son los cinco artículos de la ley secundaria en telecomunicaciones que provocaron las protestas.

“La vía legal es la acción de inconstitucionalidad; se pueden presentar los artículos que parece que violan la Constitución en el Congreso y luego ante la Suprema Corte que es quien avala, pero para esto hay que esperar que se dé un fallo al dictamen”, dijo el abogado especialista en derecho de información León Felipe Sánchez, en entrevista con Grupo Expansión, empresa editorial de la que es parte Chilango.com

A la fecha, la iniciativa de ley secundaria en materia de telecomunicaciones presentada por el ejecutivo es evaluada en el congreso; el dictamen de ley deberá ser aprobado esta semana por senadores, y si se requiere por diputados, para dar el fallo definitivo antes de que termine la sesión ordinaria el 30 de abril.

Sánchez dijo que en espera del fallo, las organizaciones civiles no pueden más que llamar a la modificación de los artículos que podrían violar la libertad de la red, como lo hace el colectivo Internet Para Todos.

Sin embargo, Sánchez detalló que estas iniciativas son sólo recomendaciones, y ante los senadores y diputados, no garantizan la modificación de la ley.

“Estas propuestas son documentos que le hacen grupos o la sociedad a los legisladores con ganas de que las evalúen, pero no hay ninguna obligatoriedad de los legisladores para siquiera leer los documentos”, dijo el abogado.

Revolución sin poder

A pesar del empuje de los activistas, el reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) explica que sólo existen ocho entidades que están facultadas para ejercer una acción de inconstitucionalidad.

  1. 33% de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
  2. 33% de los integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
  3. El Procurador General de la República.
  4. 33% de los integrantes de alguno de los poderes legislativos estatales.
  5. 33% de los integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
  6. Partidos políticos con registro nacional o estatal.
  7. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
  8. Los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.

En tanto el dictamen obtenga un fallo definitivo en el Congreso, el colectivo Internet para Todos llamó a los cibernautas de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, a llevar las protestas en pro de la libertad de Internet del mundo de las redes sociales a las calles; el martes 22 de abril a las 18 horas, el colectivo, encabezará una marcha del Ángel de la Independencia hacia el Senado de la República.

De la misma manera, se espera que el viernes 26 de abril continúen las protestas por parte de estos grupos sociales.