El 15 de enero de 2023 entró en vigor una nueva reforma con la que se amplía la lista de lugares donde no se puede fumar en CDMX.
De acuerdo con las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, queda prohibida toda publicidad que invite a consumir cigarros.
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Así, las tiendas, supermercados y demás establecimientos ya no deben exhibir los logotipos o sellos de las marcas tabacaleras. Simplemente podrán mostrar un listado con los nombres de los productos y sus precios.
Por otro lado, la reforma también prohíbe el consumo de tabaco en ciertos espacios.
Lugares donde ya no se puede fumar
El artículo 65 Bis del citado ordenamiento establece que queda prohibido “consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina” en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas. Es decir, que los restaurantes ya no podrán tener área de fumadores aunque tengan espacio al aire libre.
También se prohíbe fumar en los siguientes espacios de concurrencia pública:
- Patios
- Terrazas
- Balcones
- Parques de diversiones
- Áreas de juegos o lugares donde se congreguen niñas, niños y adolescentes,
- Deportivos
- Playas
- Centros de espectáculos y entretenimiento,
- Canchas, estadios o arenas
- Plazas comerciales
- Mercados
- Hoteles
- Hospitales, centros de salud y clínicas médicas
- Lugares de culto religioso
- Paraderos de transporte
Estas disposiciones aplican a nivel nacional. Pero no solo eso. A ello se suman los espacios declarados por el Gobierno de la CDMX como libres de humo de tabaco.
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Espacios libres de humo de tabaco en CDMX
Desde el 31 de mayo de 2022 las autoridades capitalinas determinaron que no se puede fumar en 11 puntos del Centro Histórico. Se trata del Zócalo y de la calle de Madero, así como de los siguientes lugares:
- Plaza de la Mexicanidad
- La Plaza Manuel Gamio
- Plaza del Seminario
- El empedradillo
- La Plaza del Centro Histórico
- Los Portales de 20 de Noviembre y Pino Suárez
- Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento
- Los Portales de 16 de Septiembre y Madero
- La calle 20 de Noviembre, entre el Zócalo y Venustiano Carranza
La sanción por incumplir estas disposiciones va de 10 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización, que para 2023 es de 103.74. Es decir, que te podrías llevar una multa de entre 1037.40 y 3112.2 pesos.