Seguramente ya viste el video de Tiktok en el que arrastran a un joven hasta una estación, peeeero ¿cuál es la sanción por estar en estado de ebriedad en el Metro?
Tras la difusión del video en redes sociales, el Sistema de Transporte Colectivo (STC) informó que el domingo por la noche los usuarios ingresaron a la estación Allende de la Línea 2 del Metro.
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Las tres personas se encontraban en estado etílico y jugando en el andén, por lo que se solicitó a personal de seguridad que se retirara a los usuarios.
El Metro señala que en su reglamento está prohibido ingresar a las instalaciones en estado de ebriedad o bajo el efecto de algún estupefaciente.
Asimismo indica que el artículo 227 de la Ley de Movilidad de la CDMX establece que son causas justificadas para negar al usuario la prestación del servicio de transporte de pasajeros cuando:
I. Se encuentre notoriamente bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos;
I. Porte bultos, materiales inflamables o animales que puedan, de forma manifiesta, causar molestia o representen un riesgo para los demás usuarios o ensuciar, deteriorar o causar daños al vehículo, con excepción de perros de asistencia;
III. Ejecute o haga ejecutar a bordo de los vehículos actos que atenten contra la seguridad e integridad de los demás usuarios; o bien alteraciones evidentes de la conducta;
IV. De manera evidente se perciban alteraciones de la conducta que puedan poner en riesgo la seguridad de los demás usuarios;
V. Solicite el servicio en lugares distintos a los autorizados por la Secretaría;
VI. Se solicite transportar un número de personas y equipaje superior a la capacidad autorizada para el vehículo;
VII. El medio de transporte se encuentre dando servicio a su máxima capacidad y el ascenso de más pasajeros, propicie un posible accidente.
VIII. En general, cuando pretenda que el servicio se otorgue contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias.
Por otro lado, aunque el Metro no tiene la atribución de imponer multas por incumplir con las normativas, sí pueden trasladarte al Juez Cívico, en donde se te podría emitir la sanción correspondiente.
Sobre ingresar en estado de ebriedad a sitios públicos, la Ley de Cultura Cívica de la CDMX señala en su artículo 28 que son infracciones contra la seguridad ciudadana:
Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en que se incurra.
En este caso, sanción establecida es de una multa equivalente de 21 a 30 Unidades de Medida ( de $2,020 a $2,886), o arresto de 25 a 36 horas o bien, trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
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