Paso a paso: requisitos para poner una chelería legal en CDMX

¿En serio es muy sencillo poner estos negocios? ¿Puedo instalar uno de estos establecimientos en mi casa? Toma nota, porque estos son los requisitos para poner una chelería en CDMX. Vamos por partes. En la Ciudad de México existen…

¿En serio es muy sencillo poner estos negocios? ¿Puedo instalar uno de estos establecimientos en mi casa? Toma nota, porque estos son los requisitos para poner una chelería en CDMX.

Vamos por partes. En la Ciudad de México existen tres tipos de impactos en los establecimientos mercantiles.

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Estos sirven para determinar en qué zonas y qué tipo de negocios se pueden instalar.

Se trata de tres zonas: bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal.

Esta última se refiere a todos los negocios que tienen como actividad principal la venta y distribución de bebidas alcohólicas.

“El empleo nunca tiene que ir por encima de los derechos de terceros y en los establecimientos de impacto zonal hay que ser muy cuidadosos con la venta de bebidas (alcohólicas), seguridad, que no se causen alteraciones en zonas habitacionales, que no se encuentren a menos de 300 metros de una zona escolar, entre otros”, explicó la directora ejecutiva de Apertura de Negocios y Atención Empresarial de la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) de la CDMX, Sandra Evellyn Garrido Castillo a Chilango.

La experta cuenta que no es tan fácil poner en marcha una chelería, bar o cantina de manera legal.

Debido a que los requerimientos son muy meticulosos y no solo el predio debe estar en el área de impacto zonal, si no que debe contar con permisos avalados por expertos en construcciones, seguridad y protección civil.

“Recordemos que la seguridad en estos establecimientos no es solamente para los clientes, sino también para los empleados y para el propietario”, aseguró Garrido.

Para establecer un negocio de este tipo no importa si eres persona física o moral.

Pero ojo, porque es obligatorio que el inmueble se encuentre en un área de impacto zonal.

“Si yo rento un local y tiene Uso de Suelo Habitacional, no voy a poder establecer ningún comercio de impacto zonal, bajo ninguna circunstancia”, afirmó.

Además debes presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de Uso de Suelo que permita la instalación de bares
  • Un visto bueno de Seguridad y Operación de la Construcción por parte de un Director Responsable de Obra (DRO)
  • Constancias de no adeudo de agua y predial 
  • Tramitar una licencia ambiental única para el caso de las emisiones
  • Aviso sanitario
  • Un visto bueno del Sistema de Seguridad expedido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC)

Una vez que tengas listos todos esos requisitos, por medio del SIAPEM realizas una solicitud a la alcaldía.

“Aunque cumpla con todos los requisitos, si hay una escuela a menos de 300 metros, no se podrá instalar el negocio. Eso lo indica la Ley de Establecimientos Mercantiles en el Artículo 26”, indicó la directora ejecutiva de Apertura de Negocios y Atención Empresarial de la Sedeco CDMX.

Luego, la demarcación tiene que verificar que los requisitos para poner una chelería estén correctos y te notificará el pago de derechos que debes realizar.

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El pago de derechos para establecimientos de impacto zonal, de acuerdo al Código Fiscal vigente:

  • a) Por los primeros 50 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, excepto estacionamiento, son 23 mil 623 pesos.
  • b) Por cada metro cuadrado que exceda a los 50 metros cuadrados y hasta 100 metros cuadrados de construcción excepto estacionamiento son 473 pesos, más la cantidad que resulte del inciso a).
  • c). Por cada metro cuadrado que exceda a los 100 metros cuadrados y hasta 300 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, excepto estacionamiento son 946 pesos, más las cantidades que resulten de los incisos a) y b).

Ojo, porque se tiene que hacer una revalidación del permiso cada dos años por un importe del 30% del valor del permiso original.

Una vez hecho todo eso, ya te podrán expedir el permiso de operación.

“También tienen que cumplir con obligaciones como tener un programa interno de Protección Civil, aislantes para ruido, entradas y salidas de emergencia, todos los permisos a la vista, números de emergencia y todos los envases vacíos deben romperse para evitar adulteración de bebidas”, señaló Sandra.

Del 2011 a la fecha, el total de bares o establecimientos de impacto zonal que han presentado una solicitud y han obtenido el permiso por las alcaldías es de mil 359.

Durante este 2022, Sedeco no tiene registro de solicitudes. 

¿Quién se encarga de checar que las chelerías cumplan los requisitos?

El Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) de la CDMX, es la dependencia encargada de checar estos y otros establecimientos, principalmente en el aprovechamiento del Uso de Suelo.

Esto lo hacen a través de personal especializado que tienen la obligación de identificarse durante una diligencia.

Si durante una verificación, la persona propietaria no tiene los documentos en regla o incumple con el Uso de Suelo, se abre un proceso en el que tiene cierto tiempo para presentar pruebas de que todo está en regla.

“Si la resolución dice que está en en una zona en el que el uso de suelo no le da para para venta de bebidas alcohólicas, será acreedor a una clausura, multa y además no podrá desarrollar esa actividad”, aseguró el director de Apoyo Institucional, Difusión y Control Documental del INVEA, Emery Troncoso Cordourier a Chilango.

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Es por ello que el experto del INVEA, recomienda que antes de abrir uno de estos negocios, es importante conocer la normatividad, así como los requisitos para poner una chelería en la CDMX.

“Yo tendría que estar seguro de que mi actividad está acorde con la normatividad y conseguir los documentos y ya luego abrir el negocio”, dijo.

Pero, ¿y las chelerías en vía pública?

Aunque las dependencias como Sedeco o el INVEA tienen autorización para brindar los permisos de apertura de negocios o verificación de normativas, NO son los encargados de checar o sancionar a las chelerías en vía pública.

Esas facultades le competen a las propias alcaldías o a la Secretaría de Gobierno de la CDMX. 

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