Nuevas obligaciones, como registrarse en un padrón, informar a vecinos sobre los inmuebles en renta y algunas medidas de seguridad forman parte de la reforma que aprobó en Congreso de CDMX para la regulación de plataformas tecnológicas de hospedaje, como Airbnb.
El jueves 21 de marzo el Congreso de CDMX aprobó una reforma a la Ley de Turismo local que contempla cambios en la forma en que operan los servicios de estancia turística eventual.
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Dichos cambios incorporan propuestas presentadas tanto por el jefe de Gobierno, Martí Batres, como por Frida Jimena Guillén Ortiz, presidenta de la Comisión de Turismo.
El @Congreso_CdMex aprobó las iniciativas que envié para regular el hospedaje tipo airbnb y para establecer el delito de corrupción inmobiliaria. Mi agradecimiento a l@s legislador@s. Será para bien de la ciudadanía.
— Martí Batres (@martibatres) March 22, 2024
¿Qué dice la reforma aprobada en CDMX para la regulación de plataformas tecnológicas de hospedaje como Airbnb?
La reforma establece que las autoridades deberán crear un Padrón de Plataformas Tecnológicas y un Padrón de Anfitriones que ofrecen el servicio de estancia turística eventual.
El registro será obligatorio para todas aquellas personas o plataformas que quieran ofrecer hospedaje mediante aplicaciones, páginas de internet, etc.
En las modificaciones se define como plataforma tecnológica a toda “aplicación digital, página de internet, redes sociales o similares, operadas por una persona física o moral, mexicana o extranjera, en su carácter de propietario, administrador, gestor, intermediario, promotor, facilitador o cualquier otra actividad análoga que permite ofertar el servicio de Estancia Turística Eventual”.
Por su parte, la figura del anfitrión queda reconocida como aquella “persona física o moral que en su carácter de propietario, administrador o poseedor legalmente reconocido pone a disposición de los turistas, de forma parcial o total, un inmueble para brindar el servicio de Estancia Turística Eventual”.
Asimismo, la reforma establece varias obligaciones, tanto para las plataformas tecnológicas como para los anfitriones.
¿Cuáles serán las obligaciones para los anfitriones de Airbnb?
Además de registrarse en el padrón como anfitriones, quienes ofrezcan sus inmuebles en plataformas turísticas de hospedaje deberán inscribir en el registro cada casa o departamento que oferten para estancia turística eventual.
Asimismo, deberán contar con instalaciones seguras e higiénicas para el uso de los turistas. Y también informar a los vecinos que el inmueble será puesto en renta para uso turístico, así como proporcionarles números de contacto para reportar mal uso o situaciones de emergencia en dichos espacios.
Otras obligaciones que contempla la reforma son:
- Registrar ante la Secretaría de Turismo un número telefónico y correo electrónico para la recepción y solución de quejas por parte de vecinos y turistas relacionadas con el inmueble ofertado
- Exhibir en un sitio visible del inmueble los números de emergencia de la Ciudad de México y los números de contacto para solicitar la asistencia del anfitrión o de un representante
- Garantizar los requisitos de seguridad, atendiendo la normatividad en materia de gestión integral de riesgos y protección civil
- Vigilar que no se ocupen las viviendas para actividades que alteren el orden público
- Proporcionar semestralmente a la Secretaría, en los meses de enero y julio de cada año, un reporte del número de ocasiones en las que se han ocupado los inmuebles, la cantidad de noches ocupadas durante el periodo a reportar
¿Cuáles serán las obligaciones de las plataformas tecnológicas de hospedaje?
Para el caso de las plataformas tecnológicas de hospedaje como Airbnb, la regulación aprobada en CDMX no solo indica que deberán incorporarse al padrón. Además, se detalla que el registro únicamente tendrá vigencia de dos años, por lo que deberá ser renovado si las plataformas quieren seguir operando.
Las plataformas también deberán proporcionar el folio de su registro a los anfitriones para que estos puedan incorporarse al padrón correspondiente. Asimismo, el folio deberá estar a disposición de los potenciales usuarios.
Dos veces al año las plataformas tecnológicas deberán informar a la Secretaría de Turismo el número de ocasiones en las que se han ocupado los inmuebles, la cantidad de noches ocupadas y el número de quejas.
¿Cuándo entra en vigor la regulación de Airbnb en CDMX?
La reforma aprobada con 44 votos a favor y cero en contra por el Congreso de la Ciudad de México ahora será remitida al jefe de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Posteriormente, entrará en vigor un día después de su publicación. Sin embargo, su implementación tardará todavía algunos meses.
De acuerdo con los artículos transitorios, “la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México tendrá un plazo de 150 días naturales para llevar a cabo las reformas que procedan al Reglamento de la Ley de Turismo del Distrito Federal”.
Además, “la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México y la Agencia Digital de Innovación Pública tendrán un plazo de 180 días naturales para realizar las acciones correspondientes al desarrollo de los sistemas electrónicos por medio de los cuales podrán registrarse los Anfitriones y las Plataformas tecnológicas, a partir de los cuales se generará el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México y el Padrón de Plataformas Tecnológicas que operan en la Ciudad de México”.
Una vez que se cuente con el sistema electrónico para el padrón de plataformas tecnológicas, estas tendrán un plazo de 30 días para registrarse en el mismo. Mientras que los anfitriones tendrán 90 días para registrarse en su padrón respectivo.
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— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) March 22, 2024
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Dejan de lado límites a la gentrificación
Respecto al dictamen aprobado, la diputada Frida Jimena Guillén Ortiz, presidenta de la Comisión de Turismo, comentó que este permite a las personas ofertar inmuebles en las plataformas para obtener ingresos adicionales. Además, resaltó que la regulación planteada reconoce las virtudes de estos servicios.
Sin embargo, un tema que quedó fuera de la reforma fue la limitación del número de inmuebles que pueden registrar los anfitriones.
En noviembre de 2023, cuando presentó su iniciativa sobre el tema, el jefe de gobierno, Martí Batres, aseguró que “No se permitirá la inscripción en el Padrón por anfitrión de más de tres casas, departamentos o habitaciones”.
“Lo que estamos buscando es que no haya anfitriones que compren 30, 40, 50 unidades habitacionales y las pongan en este mercado, explicó Batres en su momento. Ello con el fin de mantener la oferta de inmuebles en renta a largo plazo para la población local.
Sin embargo, la reforma aprobada establece que sí se podrán ofertar más de tres inmuebles en plataformas digitales de hospedaje:
“Los anfitriones que inscriban más de tres inmuebles en el Padrón, además de lo dispuesto en la presente Ley, a partir del cuarto inmueble, deberán registrar la clave de establecimiento mercantil asignada por el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles, el cuál deberá corresponder a alguno de los giros permitidos en el Reglamento de la presente Ley, así como presentar el Aviso o permiso de Funcionamiento que lo acredita para operar, emitido por dicho sistema conforme a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México”.
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