Guardia Nacional en el Metro: Te decimos lo que sí y lo que no puede hacer
A las 14:00 horas del 12 de enero de 2023 comenzó el despliegue de elementos de la Guardia Nacional en el Metro de CDMX.
Por: Edgar Segura
A las 14:00 horas del 12 de enero de 2023 comenzó el despliegue de elementos de la Guardia Nacional en el Metro de CDMX.
De acuerdo con la jefa de Gobierno de CDMX, Claudia Sheinbaum. son 6060 elementos los que actuarán en el Sistema de Transporte Colectivo. Asimismo, el presidente Andrés Manuel López Obrador confirmó que la corporación realizará labores de vigilancia.
Este despliegue de elementos se produce luego de lo que la mandataria capitalina calificó como “hechos atípicos” en referencia al choque de vagones ocurrido el 7 de enero entre las estaciones La Raza y Potrero, así como incidentes posteriores en las líneas 3, 5 y 8.
Así, ante la presencia de la Guardia Nacional en el Metro, es importante que los usuarios sepan qué acciones podrán llevar a cabo los uniformados y cuáles son los límites de su actuación. ¿Podrán realizar revisiones o realizar detenciones? ¿ Portarán armas? ¿En qué espacios del Metro estarán? A continuación te contamos.
1. Elementos de la Guardia Nacional no podrán portar armas en el Metro
De acuerdo con una tarjeta informativa emitida por las autoridades capitalinas, los elementos de la Guardia Nacional que resguarden el Sistema de Transporte Colectivo no podrán portar armas.
“El personal de la Guardia Nacional no estará armado y su labor contribuirá al reforzamiento de las acciones de seguridad que realiza la Policía Bancaria e Industrial y Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México”.
2. Sí podrán realizar acciones de prevención del delito
La presencia de la Guardia Nacional en el Metro es legal. El artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional faculta a esta corporación a realizar labores para “prevenir la comisión del delito” en “los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares”.
Asimismo, la ley establece que la Guardia Nacional también puede perseguir delitos del fuero común en casos en que así lo acuerde con las autoridades locales, tal como ocurre en este caso.
3. También podrán realizar detenciones
Por otro lado, el artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional también permite a sus elementos “realizar la detención de personas y el aseguramiento de bienes relacionados con hechos delictivos”. Por supuesto, lo anterior solo en casos en que las personas sean sorprendidas cometiendo delitos.
De cumplirse este supuesto, las personas detenidas deberán ser puestas a disposición de la autoridad competente. Ello “observando en todo momento el cumplimiento de los plazos establecidos en las disposiciones constitucionales y legales que resulten aplicables”.
4. No podrán realizar revisiones a las personas o sus mochilas, salvo en casos específicos
Los elementos de la Guardia Nacional que vigilen el Metro no podrán revisar las mochilas o las pertenencias de los usuarios. De acuerdo con el artículo 16 constitucional, “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
La excepción a lo anterior son los casos de flagrancia en la comisión de un delito. Para hacer una revisión, deberá existir una sospecha razonable de que la persona porta instrumentos u objetos relacionados con un hecho ilegal. Además, bajo ninguna circunstancia la revisión podrá fundamentarse en la apariencia de los usuarios.
Cabe recordar que la Guardia Nacional solo reforzará las acciones que la policía ya lleva a cabo en el Metro. Por lo anterior, no debería realizar acciones o revisiones adicionales salvo las revisiones e inspecciones preventivas en espacios públicos. Estas ocurren, por ejemplo, en los operativos programados contra el ingreso de pirotecnia a las instalaciones del Metro.
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